Servicios municipales para personas vulnerables y cambios en la ordenanza de viviendas
El Concello de Ponteareas ha aprobado la puesta en marcha de tres nuevos espacios dirigidos a la atención de personas en situación de vulnerabilidad y ha modificado la normativa que regula las viviendas de emergencia social. La medida entra en vigor el próximo 20 de julio, según comunica el gobierno municipal.
La gestión de estos recursos estará a cargo de una plantilla compuesta por siete educadoras sociales, encargadas de acompañar a las familias y usuarios que utilicen las instalaciones. Entre los servicios figura un dispositivo específico para atender a personas sin techo bajo la denominación «Calor Café», concebido para la acogida diurna y la pernocta puntual.
«puedan gozar de dignidad»
El Concello precisa que el uso diurno del espacio permitirá asearse, tomar algo caliente y descansar, mientras que el acceso nocturno será puntual y excepcional. El objetivo declarado por el gobierno local es ofrecer una atención que respete la dignidad de las personas en situación de especial vulnerabilidad.
En paralelo, la ordenanza actualizada introduce condiciones de acceso a las seis viviendas sociales que gestionará el Ayuntamiento (las dos nuevas se suman a las ya existentes). Los requisitos especifican que las personas o unidades familiares interesadas deberán residir en el mismo domicilio y no superar unos ingresos anuales de 7.200 euros.
La estancia en estas viviendas estará limitada a tres meses, con posibilidad de prórroga hasta completar un año. El acceso se resolverá mediante una comisión de valoración integrada por miembros de los servicios sociales municipales. El concejal de Economía y Hacienda ha señalado que la estancia podría no ser gratuita, y que cada caso será estudiado por la comisión correspondiente.
Resumen operativo: a continuación se recogen los datos básicos del nuevo dispositivo municipal.
- Entrada en vigor: 20 de julio.
- Personal: 7 educadoras sociales.
- Recursos habitacionales: 6 viviendas sociales (2 nuevas).
- Límite de renta: 7.200 € anuales para unidades de convivencia.
- Duración máxima inicial: 3 meses, prorrogables hasta 1 año.
La normativa también define la unidad de convivencia como aquellas relaciones de primer grado (padres, hijos, cónyuges, suegros y yernos), y encomienda a la comisión de servicios sociales la valoración de los solicitantes y las condiciones concretas de estancia y posible contraprestación económica.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de entrada en vigor | 20 de julio |
| Personal responsable | 7 educadoras sociales |
| Viviendas disponibles | 6 en total (2 nuevas) |
| Límite de ingresos | 7.200 € anuales |
| Duración de la estancia | 3 meses (prorrogable hasta 1 año) |
La iniciativa municipal combina atención inmediata (servicios diurnos y pernocta puntual) con recursos habitacionales temporales y un sistema de valoración para priorizar casos. El hecho de que la comisión pueda establecer contraprestaciones económico-administrativas y la limitación temporal de las estancias sitúan la medida en la línea de políticas públicas que intentan compatibilizar atención urgente con rotación y acceso condicionado por criterios de renta y convivencia.