La Audiencia Provincial de Málaga ha impuesto una pena total de 52 años de prisión al sacerdote conocido como padre Fran, de Vélez-Málaga, por los delitos cometidos contra cuatro mujeres en el marco de actividades religiosas. El tribunal ha considerado probado que el acusado aprovechó la relación de cercanía y confianza con las víctimas para suministrarles una sustancia que provocaba somnolencia y pérdida de conciencia, y para practicar sobre ellas actos sexuales sin su consentimiento.
Hechos probados y agravantes
El tribunal declara acreditado que el condenado conoció a las cuatro mujeres en el contexto de diversas actividades vinculadas a su labor religiosa y que, a partir de esa relación, buscó la proximidad necesaria para cometer los delitos. Para los magistrados, la existencia de ese vínculo de confianza constituye una agravante que ha influido en la cuantía de la pena.
“La Audiencia de Málaga ha condenado a 52 años de cárcel al padre Fran, el cura de Vélez-Málaga que sedó, grabó y abusó de cuatro mujeres.”
La composición exacta de la sustancia administrada no ha sido determinada en el proceso, si bien se ha acreditado su efecto: un profundo estado de somnolencia y pérdida de conciencia que facilitó la comisión de los abusos.
Penas, prohibiciones e indemnizaciones
La sentencia desglosa las penas impuestas y las medidas accesorias. Además de las condenas de prisión, la Audiencia ha impuesto prohibiciones de aproximación y comunicación con las víctimas y ha fijado la responsabilidad civil, que corresponderá al Obispado de Málaga.
- Pena total impuesta: 52 años de prisión.
- Indemnizaciones: más de 400.000 euros, que deberá asumir el Obispado de Málaga.
- Prohibiciones de acercamiento y comunicación con las víctimas durante los periodos fijados por la sentencia.
| Concepto | Pena | Agravante/medida |
|---|---|---|
| Tres delitos continuados de agresión sexual con penetración | 3 x 12 años | Agravado por abuso de confianza; veda de 13 años de acercamiento/comunicación con cada una |
| Un delito continuado de agresión sexual | 4 años | Agravado por abuso de confianza; veda de 5 años de acercamiento/comunicación |
| Descubrimiento y revelación de secretos (grabaciones) | 4 x 3 años | Por grabar a las víctimas sin consentimiento |
En el apartado de responsabilidad civil, la Audiencia ha fijado indemnizaciones por un importe superior a 400.000 euros. Según la resolución, esa carga económica recaerá sobre el Obispado de Málaga, que deberá responder frente a las víctimas.
Impacto local y pasos siguientes
Para la ciudadanía de Vélez-Málaga esta sentencia supone el cierre de una investigación judicial de gran sensibilidad social que cuestiona el comportamiento de un representante religioso en el ejercicio de sus funciones. La resolución, además de las penas privativas de libertad, plantea el debate sobre las responsabilidades institucionales y la protección de las personas que participan en actividades religiosas en el municipio.
La sentencia podrá ser recurrida ante instancias superiores por las partes que así lo consideren. Mientras tanto, la condena y la determinación de la responsabilidad civil marcan el marco jurídico y económico para la reparación de las víctimas.
Los vecinos de Vélez-Málaga y las entidades locales vinculadas a actividades eclesiásticas seguirán de cerca los posibles recursos y las medidas que adopte el Obispado de Málaga en relación con las indemnizaciones y con la prevención de conductas de este tipo en el futuro.