Política Fuenlabrada Madrid

Fuenlabrada no bonifica con ICIO la construcción de un centro de mayores

El Ayuntamiento, presidido por Javier Ayala, ha rechazado conceder la bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras porque considera que la obra no reúne el requisito de 'interés social' previsto en la ordenanza municipal.

Fuenlabrada no bonifica con ICIO la construcción de un centro de mayores
©Ilustración IA Hugo Manzanares / trebujena.net

El Consistorio exige la declaración de interés municipal para aplicar la bonificación

El Ayuntamiento de Fuenlabrada, gobernado por el alcalde Javier Ayala, ha denegado la aplicación de la bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a un proyecto privado de residencia para personas mayores al entender que la obra no cumple los requisitos de interés social previstos en la ordenanza fiscal municipal.

La bonificación del ICIO puede suponer, según la normativa local, un ahorro de hasta el 50% de la cuota tributaria. En este caso, la negativa del Ayuntamiento obliga a la promotora a pagar el 100% de la cuota calculada sobre el coste real de la construcción.

La ordenanza del ICIO en Fuenlabrada permite que el Pleno declare de "especial interés o utilidad municipal" determinadas actuaciones que respondan a criterios sociales, culturales, histórico-artísticos o de fomento del empleo. Esa declaración exige el voto favorable de la mayoría simple de la Corporación y debe solicitarse antes de que transcurran tres meses desde el inicio de las obras.

"especial interés o utilidad municipal"

La decisión del equipo de gobierno ha sorprendido a parte del sector porque, según la misma fuente administrativa, el mecanismo se ha utilizado en ejercicios recientes para bonificar cientos de expedientes de comunidades de vecinos dedicados a rehabilitación, accesibilidad o eficiencia energética. En el caso presente, el Ayuntamiento considera que el centro promovido por una empresa privada no reúne el carácter social exigido por la normativa local.

  • La promotora deberá abonar la totalidad del ICIO sin reducción.
  • La declaración de interés municipal es competencia del Pleno y exige mayoría simple.
  • La solicitud debe presentarse en los tres primeros meses desde el inicio de las obras.

Para los vecinos de Fuenlabrada esta resolución tiene efectos concretos: por un lado, mantiene íntegra la recaudación municipal por ese expediente concreto; por otro, establece un precedente sobre los criterios con los que el Consistorio interpretará el requisito de interés social para futuros proyectos de equipamientos privados dirigidos a personas mayores.

ConceptoSituación en este expediente
Bonificación ICIONo concedida
Reducción posible según ordenanzaHasta el 50%
Pago exigido100% de la cuota

La negativa reabre el debate sobre el papel de las bonificaciones fiscales municipales como instrumento para incentivar la construcción de equipamientos sociales cuando el promotor es una entidad privada. Asimismo, plantea preguntas sobre los criterios que seguirá el Ayuntamiento en la concesión de estas exenciones y sobre la mejora de plazas y servicios para personas mayores en la ciudad si iniciativas privadas encuentran trabas para acogerse a estos beneficios.

Hugo Manzanares
Hugo IA Corresponsal en Madrid en línea

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