Un tribunal declara nulas prácticas contractuales y ordena la devolución de más de 29.445 euros
El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cádiz ha resuelto a favor de dos consumidores frente al Banco Sabadell y ha declarado abusivas varias cláusulas de un contrato hipotecario. La sentencia obliga a la entidad a eliminar del contrato la contratación obligatoria de tres seguros de prima única y la comisión automática por impago de 35 euros, y a devolver la cantidad reclamada, que asciende a 29.445 euros, más intereses y costas.
La demanda versaba sobre una hipoteca suscrita el 19 de junio de 2014 en la que, además del préstamo, se exigió la contratación simultánea de un seguro de protección de pagos y dos pólizas de vida (una por cada prestatario), todas con prima única y financiadas dentro del propio crédito. El tribunal considera que estas cláusulas se impusieron sin negociación individualizada y vulneran la buena fe en la contratación, invocando la normativa de consumo y condiciones generales.
La sentencia también cuestiona la comisión por reclamación de impagados incluida en la escritura pública, que establecía un cargo automático de 35 euros por cada cuota con retraso superior a cinco días, sin acreditar una gestión real ni notificación fehaciente al deudor. El juez entiende que esa comisión carece de contraprestación efectiva y, por tanto, es abusiva.
"Jorge Luis Fernández Vaquero"
El fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Cádiz, se alinea con la doctrina reciente de los tribunales superiores que han anulado prácticas de vinculación de productos y comisiones no justificadas. Para los consumidores, la resolución constituye un precedente favorable en el control judicial de condiciones generales en préstamos hipotecarios.
- Fecha del préstamo: 19 de junio de 2014.
- Conceptos anulados: tres seguros de prima única y comisión automática por impago.
- Importe ordenado a devolver: 29.445 euros, más intereses y costas.
Para los clientes de Banco Sabadell en la ciudad y la provincia, la sentencia tiene efectos prácticos: refuerza la opción de reclamar cantidades abonadas por seguros impuestos o por cargos por impago que no respondan a una gestión efectiva. También introduce un mayor escrutinio judicial sobre los contratos hipotecarios estándar que la banca utiliza a gran escala.
La resolución llega en un contexto de creciente litigiosidad sobre productos vinculados en préstamos y sobre la legalidad de determinadas comisiones. Aunque la decisión afecta a una hipoteca suscrita en Cádiz y sus partes concretas, la argumentación jurídica puede servir de referencia para demandantes en otros tribunales que cuestionen prácticas similares con la misma entidad.
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tribunal | Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cádiz |
| Demandantes | Dos consumidores |
| Importe | 29.445 € (devolver + intereses + costas) |
| Cláusulas anuladas | Seguros vinculados (prima única) y comisión automática de 35 € |
Hasta que la resolución no sea firme, y en caso de interés por reclamar, los afectados deben valorar la vía procesal correspondiente y la posible apelación por parte de la entidad. Para la ciudadanía de Sabadell, donde Banco Sabadell tiene una relevancia institucional y comercial notable, la sentencia subraya la necesidad de revisar las condiciones de los contratos hipotecarios y la información facilitada al firmar.