Sentencia del TSJC que deja sin efecto la ordenanza de residuos
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado nula la ordenanza fiscal que regulaba la nueva tasa de recogida de residuos de Las Palmas de Gran Canaria. La resolución, dictada por la Sección Primera de la Sala en Las Palmas y hecha pública este lunes, estima el recurso presentado por la Fundación Canaria Escuelas de Antúnez contra el acuerdo plenario del 9 de abril de 2025 que aprobó la tasa.
El tribunal considera que la memoria técnico-económica que sirvió de base para fijar la tasa no estaba suficientemente motivada y que el expediente administrativo no incorporó documentación esencial que justificase la nueva carga tributaria. En concreto, la Sala señala que los estudios técnicos empleados para estimar la generación de residuos procedían de Cataluña y no se explicó por qué esos datos podían aplicarse al municipio ni cómo influyeron en la determinación de las cuotas.
Además, la sentencia subraya que esos estudios externos no se incorporaron al expediente sometido a información pública, circunstancia que, según el tribunal, impidió a los interesados conocer los elementos técnicos que sustentaban la ordenanza y formular alegaciones debidamente informadas. La resolución también critica la explicación ofrecida sobre la cuota fija, pues la memoria limitó su exposición a una operación aritmética sin razonar con suficiente detalle la elección de un reparto uniforme entre realidades distintas como viviendas y otros usos.
La anulación obliga ahora al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a estudiar la sentencia y valorar los pasos administrativos o jurídicos a seguir. La decisión judicial tiene efectos sobre la vigencia de la ordenanza y plantea la necesidad de que el Consistorio complete el expediente con la fundamentación técnica requerida o, en su caso, modifique la propuesta de tributación para ajustarla a los requisitos legales señalados por la Sala.
Para los vecinos y las administraciones locales, las consecuencias prácticas pueden concretarse en distintos ámbitos:
- Revisión del calendario de cobro y de la aplicación efectiva de la tasa por parte del Ayuntamiento.
- Obligación municipal de aportar documentación técnica local y motivaciones detalladas antes de reinstaurar la ordenanza.
- Posibles recursos o nuevas actuaciones administrativas que determinen el futuro del sistema de financiación del servicio de residuos.
La sentencia refleja una exigencia judicial de transparencia técnica en la configuración de tributos municipales que afectan al conjunto de los contribuyentes. A la espera de los pronunciamientos del Consistorio, la resolución del TSJC supone un revés al proceso iniciado en abril de 2025 y subraya la necesidad de que las ordenanzas fiscales apoyen sus decisiones en estudios acreditados y accesibles en los expedientes sometidos a información pública.
| Hecho | Dato |
|---|---|
| Aprobación plenaria de la tasa | 9 de abril de 2025 |
| Recurso interpuesto por | Fundación Canaria Escuelas de Antúnez |
| Órgano que anula la ordenanza | Sala de lo Contencioso-administrativo, TSJC (Sección Primera) |
| Motivos principales de la anulación | Falta de motivación de la memoria técnico-económica y omisión de documentación esencial |